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CFF
Artículo 17-E

Acuse de recibo con sello digital

Resumen

Cuando un contribuyente envía un documento digital a las autoridades fiscales, recibe un acuse de recibo con sello digital que acredita la recepción. El sello digital tiene la misma regulación que la firma electrónica avanzada, identifica a la dependencia receptora y crea una presunción iuris tantum de que el documento fue recibido en la hora y fecha consignadas en el acuse. El SAT debe habilitar medios para verificar la autenticidad de esos acuses.

Texto Oficial

Artículo 17-E. Cuando los contribuyentes remitan un documento digital a las autoridades fiscales, recibirán el acuse de recibo que contenga el sello digital. El sello digital es el mensaje electrónico que acredita que un documento digital fue recibido por la autoridad correspondiente y estará sujeto a la misma regulación aplicable al uso de una firma electrónica avanzada. En este caso, el sello digital identificará a la dependencia que recibió el documento y se presumirá, salvo prueba en contrario, que el documento digital fue recibido en la hora y fecha que se consignen en el acuse de recibo mencionado. El Servicio de Administración Tributaria establecerá los medios para que los contribuyentes puedan comprobar la autenticidad de los acuses de recibo con sello digital. Artículo reformado DOF 12-11-2021

Conceptos Clave

  • Sello digital
    mensaje electrónico que acredita que un documento digital fue recibido por la autoridad; equivalente a la firma electrónica avanzada para efectos de recepción
  • Acuse de recibo digital
    documento con sello digital que el contribuyente recibe al enviar documentos a las autoridades; contiene hora y fecha con presunción de recepción
  • Presunción de recepción
    salvo prueba en contrario, se considera que el documento fue recibido en la hora y fecha del acuse; el contribuyente puede desvirtuar esta presunción

Referencias Cruzadas

  • CFF-art-17-Dfirma electrónica avanzada cuya regulación aplica supletoriamente al sello digital
  • CFF-art-18requisitos de las promociones fiscales que se presentan mediante documentos digitales y reciben acuse conforme a este artículo

Notas

El acuse con sello digital es el equivalente digital del sello de recibido en papel. La presunción de recepción en la hora y fecha del acuse es relevante para computar plazos: si el SAT argumenta que una promoción se presentó fuera de plazo, el contribuyente puede oponer el acuse como prueba de la fecha de envío. La posibilidad de desvirtuar la presunción protege al contribuyente cuando hay fallas técnicas del sistema del SAT.