LUTHORWiki de Leyes FiscalesCOPILOTO 
SCJN · Décima Época
Registro: 159973 · Clave: I.16o.A. J/2 (9a.)

AUTORIDAD DEMANDADA EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. CUANDO PROCEDA LA APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE LITIS ABIERTA, SÓLO TIENE ESE CARÁCTER LA QUE EMITIÓ LA RESOLUCIÓN RECAÍDA AL RECURSO ADMINISTRATIVO.

Texto Oficial

El artículo 1o. de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo prevé el principio de litis abierta, al disponer que cuando se controvierta en el juicio contencioso administrativo federal la resolución recaída a un recurso administrativo, por no satisfacer el interés jurídico del recurrente, debe entenderse que simultáneamente se impugna la determinación recurrida en la parte que continúa afectándolo, para lo cual podrá hacer valer conceptos de impugnación no planteados en el recurso. Ahora bien, el artículo 3o. de la citada ley establece que en el señalado juicio son partes, entre otras, como demandada, la autoridad que dictó la resolución impugnada. Consecuentemente, cuando en el juicio contencioso administrativo federal proceda la aplicación del mencionado principio, sólo tiene el carácter de autoridad demandada la que emitió la resolución recaída al recurso administrativo (resolución impugnada), mas no la que dictó la primigenia, pues ésta es sustituida por la que resolvió el medio de impugnación. DÉCIMO SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Precedentes

- Revisión fiscal 55/2011. Titular de la Jefatura de Servicios Jurídicos de la Delegación Sur del Distrito Federal del Instituto Mexicano del Seguro Social, unidad administrativa encargada de la defensa jurídica y en representación del Consejo Consultivo Delegación Sur del Distrito Federal de dicho Instituto. 6 de abril de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: María Guadalupe Molina Covarrubias. Secretaria: Silvia Angélica Martínez Saavedra. - Revisión fiscal 342/2011. Titular de la Jefatura de Servicios Jurídicos de la Delegación Sur del Distrito Federal del Instituto Mexicano del Seguro Social, en representación de la autoridad demandada titular del Consejo Consultivo Delegación Sur del Distrito Federal de dicho Instituto. 24 de agosto de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: María Guadalupe Molina Covarrubias. Secretaria: Georgina Escalante Moreno. - Revisión fiscal 213/2011. Jefa del Departamento Contencioso, en ausencia del titular de la Jefatura de Servicios Jurídicos de la Delegación Sur del Distrito Federal del Instituto Mexicano del Seguro Social, unidad administrativa encargada de la defensa jurídica de los intereses de dicha institución y de la autoridad demandada, Consejo Consultivo de la Delegación Sur del Distrito Federal y del titular de dicho Instituto. 7 de septiembre de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Ernesto Martínez Andreu. Secretario: Carlos Augusto Amado Burguete. - Revisión fiscal 350/2011. Jefa del Departamento Contencioso, en suplencia por ausencia del titular de la Jefatura de Servicios Jurídicos de la Delegación Sur del Distrito Federal, del Instituto Mexicano del Seguro Social, unidad administrativa encargada de la defensa jurídica de los intereses de dicha institución y en representación de la autoridad demandada, Consejo Consultivo de la Delegación Sur del Distrito Federal de dicho Instituto. 26 de octubre de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Ernesto Martínez Andreu. Secretario: Carlos Augusto Amado Burguete. - Revisión fiscal 273/2011. Titular de la Jefatura de Servicios Jurídicos de la Delegación Sur del Distrito Federal del Instituto Mexicano del Seguro Social, en representación de la autoridad demandada, titular del Consejo Consultivo de la Delegación Sur del Distrito Federal de dicho Instituto. 30 de noviembre de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: María Guadalupe Molina Covarrubias. Secretaria: Georgina Escalante Moreno.