LUTHORWiki de Leyes FiscalesCOPILOTO 
SCJN · Décima Época
Registro: 160002 · Clave: 1a./J. 13/2012 (9a.)

DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE. EL TERCER PÁRRAFO DE LA FRACCIÓN XII DEL ARTÍCULO 2o. DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, NO VIOLA LA GARANTÍA DE SEGURIDAD JURÍDICA.

Texto Oficial

El citado precepto, al prever que la omisión de la autoridad fiscal de informar al contribuyente sobre sus derechos al inicio de las facultades de comprobación, no afecta la validez de las actuaciones que aquélla lleve a cabo y que sólo dará lugar a fincar la responsabilidad administrativa correspondiente, no viola la garantía de seguridad jurídica contenida en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, porque dicho acto omisivo no se traduce en un estado de incertidumbre para el gobernado, si se consideran las características inherentes de la ley como ordenamiento jurídico general, abstracto e impersonal; además, porque la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, al establecer y regular diversas situaciones fácticas, las consecuencias jurídicas que en cada relación se generen, así como los procedimientos a seguir y los medios de defensa al alcance de los particulares, justifica la previsión y existencia de los procedimientos, trámites y delimitación de consecuencias jurídicas en las diferentes situaciones normativas previstas en la ley, sin que los particulares queden en incertidumbre jurídica respecto de los derechos que les reconoce ésta, pues en el propio ordenamiento se describen las acciones a seguir para la defensa de sus derechos.

Precedentes

- Amparo directo en revisión 2259/2009. Gastronómicas, S.A. 17 de febrero de 2010. Cinco votos. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Pedro Arroyo Soto. - Amparo directo en revisión 1509/2010. Elisa Isabel Hernández Arellano. 20 de octubre de 2010. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretario: Gustavo Naranjo Espinosa. - Amparo directo en revisión 2333/2010. Consorcio de Obras y Dragados Marítimos, S.A. de C.V. 1 de diciembre de 2010. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretaria: Dolores Rueda Aguilar. - Amparo directo en revisión 2732/2011. Tecnoingeniería y Arquitectura, S.A. de C.V. 18 de enero de 2012. Cinco votos. Ponente: Jorge Mario Pardo Rebolledo. Secretario: Alejandro Castañón Ramírez. - Amparo directo en revisión 1039/2012. Luis Osvaldo Guerrero Mendoza. 30 de mayo de 2012. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretario: Rolando Javier García Martínez. - Tesis de jurisprudencia 13/2012 (9a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha once de julio de dos mil doce.