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Artículo 58-G

Juicio en línea: acceso al expediente electrónico

Resumen

Solo las partes, personas autorizadas y delegados tienen acceso al Expediente Electrónico para su consulta, una vez que tengan registrada su Clave de Acceso y Contraseña.

Texto Oficial

Solamente, las partes, las personas autorizadas y delegados tendrán acceso al Expediente Electrónico, exclusivamente para su consulta, una vez que tengan registrada su Clave de Acceso y Contraseña.

Referencias Cruzadas