// CFF
Artículo 114-B
Delito de revelación de secreto fiscal por servidor público (1 a 6 años)
Resumen
Se sanciona con 1 a 6 años de prisión al servidor público que revele a terceros, en contravención al art. 69 del CFF, la información que las instituciones del sistema financiero hayan proporcionado a las autoridades fiscales.
Texto Oficial
Artículo 114-B.- Se impondrá sanción de uno a seis años de prisión, al servidor público que revele a terceros, en contravención a lo dispuesto por el artículo 69 de este Código, la información que las instituciones que componen el sistema financiero hayan proporcionado a las autoridades fiscales.
Conceptos Clave
- Revelación del secreto fiscal bancarioel tipo penal específico protege la información proporcionada por las instituciones financieras a la autoridad fiscal; su divulgación a terceros viola el secreto fiscal y constituye delito autónomo
- Servidor públicoel sujeto activo es exclusivamente el personal de la autoridad fiscal que recibe esa información; no aplica al personal de las instituciones financieras que la proporciona
Referencias Cruzadas
- CFF-art-69secreto fiscal que protege la información de instituciones financieras proporcionada a las autoridades fiscales; la violación de esa reserva por un servidor público da lugar a este delito
Notas
El art. 114-B es la versión penal del deber de reserva del art. 69 aplicada específicamente a la información bancaria y financiera. La información del sistema financiero tiene un nivel de protección especial porque su divulgación puede afectar la estabilidad del sistema crediticio y la privacidad patrimonial de los contribuyentes de manera particularmente grave. El delito no requiere que el servidor público haya obtenido un beneficio; basta con la revelación.