// CFF
Artículo 17-J
Obligaciones del titular de un certificado digital
Resumen
Impone tres obligaciones al titular de un certificado digital emitido por el SAT: actuar con diligencia para evitar el uso no autorizado de sus datos de creación de firma, verificar que la información consignada en el certificado sea exacta, y solicitar la revocación del certificado ante cualquier riesgo de privacidad de sus datos. El incumplimiento genera responsabilidad jurídica para el titular.
Texto Oficial
Artículo 17-J.- El titular de un certificado emitido por el Servicio de Administración Tributaria, tendrá las siguientes obligaciones:
I. Actuar con diligencia y establecer los medios razonables para evitar la utilización no autorizada de los datos de creación de la firma.
II. Cuando se emplee el certificado en relación con una firma electrónica avanzada, actuar con diligencia razonable para cerciorarse de que todas las declaraciones que haya hecho en relación con el certificado, con su vigencia, o que hayan sido consignados en el mismo, son exactas.
III. Solicitar la revocación del certificado ante cualquier circunstancia que pueda poner en riesgo la privacidad de sus datos de creación de firma.
El titular del certificado será responsable de las consecuencias jurídicas que deriven por no cumplir oportunamente con las obligaciones previstas en el presente artículo.
Conceptos Clave
- Diligencia del titularobligación de custodiar la llave privada y los datos de creación de firma, evitando accesos no autorizados
- Exactitud de la informaciónel firmante debe cerciorarse de que los datos del certificado (nombre, RFC, vigencia) son correctos antes de usarlo
- Solicitud de revocación preventivaante cualquier riesgo de comprometerse la privacidad de la llave privada, el titular debe solicitar la revocación sin esperar que ocurra un uso indebido
- Responsabilidad del titularlas consecuencias fiscales y jurídicas de firmas realizadas con el certificado recaen sobre el titular, salvo que demuestre uso no autorizado
Referencias Cruzadas
- CFF-art-17-De.firma; los datos de creación de firma a cuya custodia se refiere este artículo
- CFF-art-17-Hrevocación del certificado; el titular puede solicitar la revocación conforme a la fracción I de ese artículo como expresión de la obligación III de este artículo
Notas
La responsabilidad del titular por el uso de su certificado es relevante en casos de suplantación de identidad fiscal: si un tercero usa la e.firma de otra persona para presentar declaraciones o tramitar devoluciones, el titular debe demostrar que adoptó medidas razonables de custodia. La práctica de compartir contraseñas del SAT o instalar el certificado en computadoras de terceros expone al contribuyente a esta responsabilidad.