// CFF
Artículo 84-J
Multas a emisoras de tarjetas por no expedir estados de cuenta (art. 84-I)
Resumen
Multa de $140 a $260 por cada estado de cuenta no emitido conforme al art. 32-E, aplicable a personas morales emisoras de tarjetas que cometan la infracción del art. 84-I. Monto actualizado DOF 28-12-2025.
Texto Oficial
Artículo 84-J. A las personas morales que cometan la infracción a que se refiere el artículo 84-I de este Código, se les impondrá una multa de $140.00 a $260.00 por cada estado de cuenta no emitido en términos del artículo 32-E de este Código.
Multa del artículo compilada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Actualizada DOF 27-12-2022. Compilada DOF 29-12-2023,
30-12-2024. Actualizada DOF 28-12-2025
Conceptos Clave
- Solo personas moralesel artículo expresamente limita la multa a personas morales; excluye personas físicas emisoras de monederos electrónicos si las hubiera
- Unidad de sanciónel estado de cuenta individual (por cuenta y periodo), no la cuenta ni el contribuyente; el volumen de estados de cuenta no emitidos determina el total de la sanción
Referencias Cruzadas
- CFF-art-32-Eobligación de expedir estados de cuenta cuya omisión tipifica la infracción del art. 84-I
- CFF-art-84-Iinfracción a la que corresponde esta multa
Notas
Monto unitario bajo ($140-$260) pero acumulable por el volumen de estados de cuenta no emitidos. Las emisoras de tarjetas con millones de cuentahabientes podrían enfrentar multas agregadas significativas si incumplen masivamente.