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Artículo 116

Traslado de la demanda a la autoridad responsable y al tercero interesado

Resumen

Al requerir el informe con justificación, el juzgado remite copia de la demanda a la autoridad responsable (si no lo hizo al pedir el informe previo). Al notificar al tercero interesado, se le entrega también copia de la demanda. Si el tercero reside fuera de la jurisdicción, la notificación se hace por exhorto o despacho (que puede transmitirse electrónicamente); en zona conurbada, por conducto del actuario.

Texto Oficial

Artículo 116. Al pedirse el informe con justificación a la autoridad responsable, se le remitirá copia de la demanda, si no se hubiese enviado al requerir el informe previo. A la persona tercera interesada se le entregará copia de la demanda al notificársele del juicio. Si reside fuera de la jurisdicción del órgano que conoce del amparo se le notificará por medio de exhorto o despacho que podrán ser enviados y recibidos haciendo uso de la Firma Electrónica o, en caso de residir en zona conurbada, podrá hacerse por conducto del actuario o actuaria. Párrafo reformado DOF 13-03-2025

Conceptos Clave

  • Exhorto o despacho electrónico
    mecanismo de comunicación judicial entre órganos de distintas jurisdicciones que puede realizarse mediante Firma Electrónica, acelerando el trámite cuando el tercero reside lejos

Referencias Cruzadas

  • LAMP-art-115auto admisorio que ordena correr traslado al tercero interesado
  • LAMP-art-117plazo y contenido del informe con justificación que la autoridad responsable debe rendir

Notas

Ninguna.