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Artículo 155
Recurso contra resoluciones del incidente de suspensión: remisión al TCC y continuación en duplicado
Resumen
Al interponerse un recurso de revisión contra una resolución del incidente de suspensión, el juzgado envía el original del cuaderno de suspensión al TCC y retiene el duplicado para continuar tramitando el juicio. El juzgado puede seguir actuando en el duplicado mientras el TCC resuelve el recurso.
Texto Oficial
Artículo 155. Cuando se interponga recurso contra resoluciones dictadas en el incidente de suspensión, se remitirá el original al tribunal colegiado de circuito competente y se dejará el duplicado en poder del órgano jurisdiccional que conozca del amparo, sin perjuicio de que se siga actuando en el duplicado.
Conceptos Clave
- Duplicado del incidente de suspensióncopia del cuaderno de suspensión que permanece en el juzgado para no detener el avance del juicio de amparo principal mientras el TCC resuelve la revisión
- Actuación en el duplicadoel juzgado puede dictar acuerdos y recibir actuaciones en el cuaderno duplicado; sus resoluciones en el duplicado tienen plena validez
Referencias Cruzadas
- LAMP-art-81fracción I incisos a) y b): la resolución sobre suspensión definitiva es objeto del recurso de revisión ante el TCC
Notas
Ninguna.