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LAMP
Artículo 155

Recurso contra resoluciones del incidente de suspensión: remisión al TCC y continuación en duplicado

Resumen

Al interponerse un recurso de revisión contra una resolución del incidente de suspensión, el juzgado envía el original del cuaderno de suspensión al TCC y retiene el duplicado para continuar tramitando el juicio. El juzgado puede seguir actuando en el duplicado mientras el TCC resuelve el recurso.

Texto Oficial

Artículo 155. Cuando se interponga recurso contra resoluciones dictadas en el incidente de suspensión, se remitirá el original al tribunal colegiado de circuito competente y se dejará el duplicado en poder del órgano jurisdiccional que conozca del amparo, sin perjuicio de que se siga actuando en el duplicado.

Conceptos Clave

  • Duplicado del incidente de suspensión
    copia del cuaderno de suspensión que permanece en el juzgado para no detener el avance del juicio de amparo principal mientras el TCC resuelve la revisión
  • Actuación en el duplicado
    el juzgado puede dictar acuerdos y recibir actuaciones en el cuaderno duplicado; sus resoluciones en el duplicado tienen plena validez

Referencias Cruzadas

  • LAMP-art-81fracción I incisos a) y b): la resolución sobre suspensión definitiva es objeto del recurso de revisión ante el TCC

Notas

Ninguna.