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LAMP
Artículo 220

Publicación en el Semanario Judicial de la Federación

Resumen

El Semanario Judicial de la Federación publica las tesis recibidas y se distribuye para facilitar su conocimiento. También se publican las resoluciones que constituyen o interrumpen jurisprudencia, los votos particulares y las resoluciones que los órganos jurisdiccionales consideren pertinentes difundir.

Texto Oficial

Artículo 220. En el Semanario Judicial de la Federación se publicarán las tesis que se reciban y se distribuirá en forma eficiente para facilitar su conocimiento. Igualmente se publicarán las resoluciones necesarias para constituir o interrumpir la jurisprudencia y los votos particulares. También se publicarán las resoluciones que los órganos jurisdiccionales competentes estimen pertinentes. Párrafo reformado DOF 07-06-2021

Conceptos Clave

  • Semanario Judicial de la Federación
    medio oficial de publicación de la jurisprudencia y de los criterios judiciales relevantes; su consulta es fundamental para identificar la jurisprudencia aplicable a un caso

Referencias Cruzadas

  • LAMP-art-219remisión de tesis por los órganos emisores
  • LAMP-art-228interrupción de la jurisprudencia y su publicación

Notas

Ninguna.