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Artículo 235
Publicación de la declaratoria general de inconstitucionalidad en el DOF
Resumen
Una vez emitida la declaratoria general de inconstitucionalidad, debe publicarse en el Diario Oficial de la Federación y también en el órgano oficial donde se publicó originalmente la norma inconstitucional. El plazo para esa publicación es de siete días hábiles.
Texto Oficial
Artículo 235. La declaratoria general de inconstitucionalidad se remitirá al Diario Oficial de la Federación y al órgano oficial en el que se hubiera publicado la norma declarada inconstitucional para su publicación dentro del plazo de siete días hábiles.
Conceptos Clave
- Doble publicaciónen el DOF y en el medio oficial de origen de la norma; garantiza que tanto a nivel federal como local o sectorial quede constancia oficial de la expulsión de la norma del ordenamiento
- Siete días hábilesplazo perentorio que otorga certeza sobre la fecha a partir de la cual surte efectos la declaratoria
Referencias Cruzadas
- LAMP-art-234contenido y efectos de la declaratoria general de inconstitucionalidad
Notas
Ninguna.