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Artículo 235

Publicación de la declaratoria general de inconstitucionalidad en el DOF

Resumen

Una vez emitida la declaratoria general de inconstitucionalidad, debe publicarse en el Diario Oficial de la Federación y también en el órgano oficial donde se publicó originalmente la norma inconstitucional. El plazo para esa publicación es de siete días hábiles.

Texto Oficial

Artículo 235. La declaratoria general de inconstitucionalidad se remitirá al Diario Oficial de la Federación y al órgano oficial en el que se hubiera publicado la norma declarada inconstitucional para su publicación dentro del plazo de siete días hábiles.

Conceptos Clave

  • Doble publicación
    en el DOF y en el medio oficial de origen de la norma; garantiza que tanto a nivel federal como local o sectorial quede constancia oficial de la expulsión de la norma del ordenamiento
  • Siete días hábiles
    plazo perentorio que otorga certeza sobre la fecha a partir de la cual surte efectos la declaratoria

Referencias Cruzadas

  • LAMP-art-234contenido y efectos de la declaratoria general de inconstitucionalidad

Notas

Ninguna.