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Artículo 4

Requisito de firma en las promociones

Resumen

Toda promoción ante el TFJA requiere firma autógrafa o electrónica avanzada de su formulante, sin cuyo requisito se tiene por no presentada. Las personas morales pueden usar su propia firma electrónica o la de su representante legal. Cuando la resolución afecte a varios, todos deben firmar y designar representante común.

Texto Oficial

Toda promoción deberá contener la firma autógrafa o la firma electrónica avanzada de quien la formule y sin este requisito se tendrá por no presentada. Cuando el promovente en un Juicio en la vía tradicional, no sepa o no pueda estampar su firma autógrafa, estampará en el documento su huella digital y en el mismo documento otra persona firmará a su ruego. Las personas morales para presentar una demanda o cualquier promoción podrán optar por utilizar su firma electrónica avanzada o bien hacerlo con la firma electrónica avanzada de su representante legal; en el primer caso, el titular del certificado de firma será la persona moral. Cuando la resolución afecte a dos o más personas, la demanda deberá ir firmada por cada una de ellas, y designar a un representante común que elegirán de entre ellas mismas, si no lo hicieren, el Magistrado Instructor nombrará con tal carácter a cualquiera de los interesados, al admitir la demanda.

Conceptos Clave

  • Firma autógrafa
    requisito esencial de toda promoción en juicio tradicional; sustituible por huella digital cuando el promovente no pueda firmar
  • Firma electrónica avanzada
    equivalente digital de la firma autógrafa con plenos efectos jurídicos en el Sistema de Justicia en Línea
  • Representante común
    designado por los codemandantes o codemandados cuando la resolución afecta a dos o más personas; lo nombra el Magistrado Instructor si los interesados omiten designarlo

Notas

La falta de firma es un vicio insubsanable que hace que la promoción se tenga por no presentada. Las personas morales tienen la opción de firmar electrónicamente a nombre propio (no solo a través de su representante).