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Artículo 58-15

Vía sumaria: plazo supletorio de tres días

Resumen

A falta de disposición expresa que establezca el plazo respectivo en la vía sumaria, se aplicará el de tres días.

Texto Oficial

A falta de disposición expresa que establezca el plazo respectivo en la vía sumaria, se aplicará el de tres días. CAPÍTULO XII Del Juicio de Resolución Exclusiva de Fondo

Conceptos Clave

  • Plazo supletorio
    regla de cierre para la vía sumaria: ante silencio de la Ley, el plazo aplicable es de 3 días (vs. 5 días en la vía ordinaria)