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Artículo 7
Responsabilidad de los magistrados del Tribunal
Resumen
Los magistrados del TFJA incurren en responsabilidad en cuatro supuestos: adelantar criterio sobre asuntos en conocimiento fuera de los momentos permitidos; informar el sentido de resoluciones antes de su notificación; revelar el estado procesal a personas no autorizadas; y dar a conocer información confidencial o comercial reservada.
Texto Oficial
Los miembros del Tribunal incurren en responsabilidad si:
I. Expresan su juicio respecto de los asuntos que estén conociendo, fuera de las oportunidades en que esta Ley lo admite.
II. Informan a las partes y en general a personas ajenas al Tribunal sobre el contenido o el sentido de las resoluciones jurisdiccionales, antes de que éstas se emitan y en los demás casos, antes de su notificación formal.
III. Informan el estado procesal que guarda el juicio a personas que no estén autorizadas por las partes en los términos de esta Ley, salvo que se trate de notificaciones por Boletín Jurisdiccional o en los supuestos en que la legislación en materia de transparencia y acceso a la información pública, disponga que tal cuestión deba hacerse de su conocimiento.
IV. Dan a conocer información confidencial o comercial reservada.
Conceptos Clave
- Responsabilidad jurisdiccionalconsecuencia legal para magistrados que adelantan criterios, revelan resoluciones o filtran información procesal
- Secreto procesalobligación de los magistrados de no informar el sentido de sus resoluciones antes de la notificación formal
- Información confidencialdatos de las partes protegidos cuya divulgación genera responsabilidad para el magistrado
Notas
Este artículo complementa las disposiciones de responsabilidad de servidores públicos de la Ley Orgánica del TFJA y la legislación en materia de transparencia y acceso a la información pública.