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Artículo 7

Responsabilidad de los magistrados del Tribunal

Resumen

Los magistrados del TFJA incurren en responsabilidad en cuatro supuestos: adelantar criterio sobre asuntos en conocimiento fuera de los momentos permitidos; informar el sentido de resoluciones antes de su notificación; revelar el estado procesal a personas no autorizadas; y dar a conocer información confidencial o comercial reservada.

Texto Oficial

Los miembros del Tribunal incurren en responsabilidad si: I. Expresan su juicio respecto de los asuntos que estén conociendo, fuera de las oportunidades en que esta Ley lo admite. II. Informan a las partes y en general a personas ajenas al Tribunal sobre el contenido o el sentido de las resoluciones jurisdiccionales, antes de que éstas se emitan y en los demás casos, antes de su notificación formal. III. Informan el estado procesal que guarda el juicio a personas que no estén autorizadas por las partes en los términos de esta Ley, salvo que se trate de notificaciones por Boletín Jurisdiccional o en los supuestos en que la legislación en materia de transparencia y acceso a la información pública, disponga que tal cuestión deba hacerse de su conocimiento. IV. Dan a conocer información confidencial o comercial reservada.

Conceptos Clave

  • Responsabilidad jurisdiccional
    consecuencia legal para magistrados que adelantan criterios, revelan resoluciones o filtran información procesal
  • Secreto procesal
    obligación de los magistrados de no informar el sentido de sus resoluciones antes de la notificación formal
  • Información confidencial
    datos de las partes protegidos cuya divulgación genera responsabilidad para el magistrado

Notas

Este artículo complementa las disposiciones de responsabilidad de servidores públicos de la Ley Orgánica del TFJA y la legislación en materia de transparencia y acceso a la información pública.