// LFPCA
Artículo 9
Causas de sobreseimiento
Resumen
El juicio se sobreseerá en seis supuestos: desistimiento del demandante; aparición sobrevenida de causal de improcedencia; muerte del actor cuando su pretensión sea intransmisible; que la autoridad deje sin efecto la resolución impugnada satisfaciendo al demandante; que el juicio quede sin materia; y demás impedimentos legales para resolver el fondo. El sobreseimiento puede ser total o parcial.
Texto Oficial
Procede el sobreseimiento:
I. Por desistimiento del demandante.
II. Cuando durante el juicio aparezca o sobrevenga alguna de las causas de improcedencia a que se refiere el artículo anterior.
III. En el caso de que el demandante muera durante el juicio si su pretensión es intransmisible o, si su muerte, deja sin materia el proceso.
IV. Si la autoridad demandada deja sin efecto la resolución o acto impugnados, siempre y cuando se satisfaga la pretensión del demandante.
V. Si el juicio queda sin materia.
VI. En los demás casos en que por disposición legal haya impedimento para emitir resolución en cuanto al fondo.
El sobreseimiento del juicio podrá ser total o parcial.
CAPÍTULO III
De los Impedimentos y Excusas
Conceptos Clave
- Sobreseimientoextinción anormal del juicio ya iniciado; a diferencia de la improcedencia, que impide su inicio, el sobreseimiento opera durante el trámite
- Sobreseimiento parcialse sobresee respecto de parte de los actos o pretensiones, continuando el juicio en lo demás
Referencias Cruzadas
- LFPCA-art-8causas de improcedencia; la improcedencia impide el inicio del juicio mientras el sobreseimiento extingue el ya iniciado
Notas
La distinción práctica entre los arts. 8 y 9 es el momento procesal: la improcedencia se puede declarar de oficio en cualquier etapa; el sobreseimiento requiere que el juicio ya esté en trámite. La fracción IV (autoridad deja sin efecto el acto impugnado) es frecuente cuando el SAT reconoce el error antes del cierre de instrucción.