// RCFF
Artículo 88
Garantía del interés fiscal: combinación, sustitución y cobertura de múltiples créditos
Resumen
Un mismo crédito fiscal puede garantizarse con varias formas combinadas (ej. parte en fianza y parte en hipoteca). Las garantías pueden sustituirse entre sí, pero la sustituta debe constituirse antes de cancelar la original, y solo si la garantía original no es ya exigible. Una sola garantía puede cubrir varios créditos fiscales simultáneamente, siempre que cubra la totalidad de los conceptos del art. 141 segundo párrafo CFF.
Texto Oficial
Para garantizar el interés fiscal sobre un mismo crédito fiscal podrán combinarse las diferentes formas que al efecto establece el artículo 141 del Código, así como sustituirse entre sí, en cuyo caso antes de cancelarse la garantía original deberá constituirse la garantía sustituta, siempre y cuando la garantía que se pretende sustituir no sea exigible.
La garantía constituida podrá garantizar uno o varios créditos fiscales siempre que la misma comprenda los conceptos previstos en el artículo 141, segundo párrafo del Código.
Conceptos Clave
- Combinación de formasvarias formas del art. 141 CFF pueden coexistir para garantizar un mismo crédito
- Sustituciónprimero se constituye la nueva garantía, luego se cancela la anterior; no puede haber vacío de garantía
- Garantía no exigible como condiciónno se puede sustituir si la garantía original ya es exigible (el crédito vence y la autoridad puede ejecutar)
- Cobertura de múltiples créditosuna sola garantía puede abarcar varios créditos si cubre los conceptos del art. 141 segundo párrafo CFF
Referencias Cruzadas
- CFF-art-141en general: formas de garantizar el interés fiscal; segundo párrafo: conceptos que debe cubrir la garantía (contribuciones + accesorios + multas)
- RCFF-art-87calificación y aceptación de la garantía
- RCFF-art-89cancelación de la garantía; la sustitución del art. 88 implica una cancelación posterior
Notas
La regla de "primero constituir, luego cancelar" protege al fisco de quedar sin garantía durante el proceso de sustitución. La posibilidad de cubrir múltiples créditos con una sola garantía reduce costos administrativos para el contribuyente (ej. una sola hipoteca puede garantizar créditos de varios ejercicios).