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CFF
Artículo 31-A

Información de operaciones relevantes

Resumen

Obliga a los contribuyentes a reportar trimestralmente (dentro de los 60 días siguientes al cierre del trimestre) cinco categorías de operaciones relevantes: operaciones financieras derivadas de los arts. 20 y 21 de la LISR, operaciones con partes relacionadas, participación en capital y cambios de residencia fiscal, reorganizaciones/reestructuras corporativas (incluyendo operaciones relevantes de los arts. 14-B CFF y 24 y 161 LISR), y financiamientos, pérdidas fiscales, reembolsos de capital y pago de dividendos. La presentación incompleta o con errores da 30 días para corregir; si no se corrige, se considera incumplida.

Texto Oficial

Artículo 31-A. Los contribuyentes deberán presentar, con base en su contabilidad, la información de las siguientes operaciones: a) Las operaciones financieras a que se refieren los artículos 20 y 21 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. b) Las operaciones con partes relacionadas. c) Las relativas a la participación en el capital de sociedades y a cambios en la residencia fiscal. d) Las relativas a reorganizaciones y reestructuras corporativas, así como las operaciones relevantes a que se refieren los artículos 14-B de este Código y 24 y 161 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Inciso reformado DOF 12-11-2021 e) Las relativas a enajenaciones y aportaciones, de bienes y activos financieros; operaciones con países con sistema de tributación territorial; operaciones de financiamiento y sus intereses; pérdidas fiscales; reembolsos de capital y pago de dividendos. La información a que se refiere este artículo deberá presentarse trimestralmente a través de los medios y formatos que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, dentro de los sesenta días siguientes a aquél en que concluya el trimestre de que se trate. Cuando los contribuyentes presenten la información de forma incompleta o con errores, tendrán un plazo de treinta días contado a partir de la notificación de la autoridad, para complementar o corregir la información presentada. Se considerará incumplida la obligación fiscal señalada en el presente artículo, cuando los contribuyentes, una vez transcurrido el plazo señalado en el párrafo que antecede, no hayan presentado la información conducente o ésta se presente con errores.

Conceptos Clave

  • Declaración informativa trimestral
    se presenta dentro de los 60 días siguientes al cierre de cada trimestre, en los medios y formatos del SAT
  • Cinco categorías de operaciones relevantes
    (a) operaciones financieras derivadas; (b) partes relacionadas; (c) participación en capital y cambios de residencia fiscal; (d) reorganizaciones, reestructuras y operaciones relevantes del art. 14-B CFF y arts. 24 y 161 LISR; (e) financiamientos, intereses, pérdidas fiscales, reembolsos de capital y dividendos
  • Corrección
    si la información se presenta incompleta o con errores, el contribuyente tiene 30 días desde la notificación de la autoridad para corregir; si no lo hace, se considera incumplida toda la obligación

Referencias Cruzadas

  • CFF-art-14-Boperaciones de reestructuración de grupo empresarial; su cumplimiento debe reportarse en la categoría (d) de este artículo
  • LISR-art-20operaciones financieras derivadas referidas en la categoría (a)
  • LISR-art-24reorganizaciones de grupos empresariales referidas en la categoría (d)
  • LISR-art-161operaciones de reestructuración en el extranjero referidas en la categoría (d)

Notas

El art. 31-A es uno de los instrumentos de transparencia fiscal más amplios del CFF: obliga a revelar operaciones de planificación fiscal sofisticada (financiamientos intercompany, pérdidas fiscales utilizadas, dividendos, reorganizaciones) que de otro modo serían invisibles para la autoridad hasta una auditoría. Su incumplimiento (no solo la falta de presentación, sino también la presentación incompleta que no se corrige) es sancionable con multas y puede ser considerado por el SAT como factor de riesgo para iniciar facultades de comprobación.