// CFF
Artículo 42-A
Solicitud de información para planeación de auditorías
Resumen
Las autoridades fiscales pueden solicitar datos, informes o documentos para planear y programar actos de fiscalización sin necesidad de cumplir el procedimiento formal de revisión de gabinete (art. 48, fracciones IV a IX). Esta solicitud de planeación no se considera inicio de facultades de comprobación y no consume ni suspende el plazo de caducidad de esas facultades; la autoridad puede ejercerlas en cualquier momento posterior.
Texto Oficial
Artículo 42-A.- Las autoridades fiscales podrán solicitar de los contribuyentes, responsables solidarios o terceros, datos, informes o documentos, para planear y programar actos de fiscalización, sin que se cumpla con lo dispuesto por las fracciones IV a IX del artículo 48 de este Código.
No se considerará que las autoridades fiscales inician el ejercicio de sus facultades de comprobación, cuando únicamente soliciten los datos, informes y documentos a que se refiere este artículo, pudiendo ejercerlas en cualquier momento.
Conceptos Clave
- Solicitud de planeaciónherramienta de inteligencia fiscal previa a la auditoría formal; permite al SAT obtener información que oriente la selección de sujetos a revisar y el alcance de la revisión
- No inicia facultades de comprobaciónla solicitud del art. 42-A no tiene los efectos procesales del art. 42; no suspende plazos de caducidad ni genera el derecho del contribuyente a concluir la revisión en plazos determinados
- Exención del procedimiento del art. 48 (fracciones IV-IX)la solicitud no requiere emitir oficio de observaciones, conceder plazos de conclusión, ni seguir el iter formal de la revisión de gabinete
- Contraste con art. 41-Amientras el art. 41-A se limita a aclarar declaraciones ya presentadas (ventana de 3 meses), el art. 42-A tiene alcance y temporalidad abiertos y se orienta a la planeación de auditorías futuras
Referencias Cruzadas
- CFF-art-42facultades de comprobación formales que pueden ejercerse libremente después de la solicitud de planeación de este artículo
- CFF-art-48procedimiento de revisión de gabinete cuyas fracciones IV a IX no aplican a la solicitud de este artículo
- CFF-art-41-Asolicitud aclaratoria post-declaración; artículo análogo pero más restringido en objeto y plazo
Notas
El art. 42-A es el instrumento de inteligencia de auditoría por excelencia: permite al SAT mapear el universo de contribuyentes, identificar inconsistencias y focalizar recursos antes de comprometer el procedimiento formal. Para el contribuyente, una solicitud del art. 42-A no debe tomarse a la ligera aunque no sea formalmente el inicio de una auditoría: la información que proporcione puede ser la base para seleccionarlo como sujeto de revisión formal y puede usarse como elemento probatorio dentro de esa revisión posterior.