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Artículo 20

Promoción del amparo en cualquier día y hora en casos de actos gravísimos

Resumen

Para los actos gravísimos enumerados en el artículo (privación de vida, desaparición forzada, extradición, etc.), el amparo puede promoverse por escrito, comparecencia o medios electrónicos en cualquier día y hora, y cualquier hora es hábil para tramitar la suspensión. Las oficinas públicas de comunicaciones están obligadas a recibir y transmitir sin costo los mensajes relativos a estos amparos fuera del horario normal.

Texto Oficial

Artículo 20. El juicio puede promoverse por escrito, comparecencia o medios electrónicos en cualquier día y hora, si se trata de actos que importen peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal fuera de procedimiento, incomunicación, deportación o expulsión, proscripción o destierro, extradición, desaparición forzada de personas o alguno de los prohibidos por el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la incorporación forzosa al Ejército, Armada o Fuerza Aérea nacionales. En estos casos, cualquier hora será hábil para tramitar el incidente de suspensión y dictar las providencias urgentes a fin de que se cumpla la resolución en que se haya concedido. Para los efectos de esta disposición, los jefes, jefas y personas encargadas de las oficinas públicas de comunicaciones estarán obligados a recibir y transmitir, sin costo alguno para las personas interesadas, los mensajes en que se demande amparo por alguno de los actos enunciados, así como las resoluciones y oficios que expidan las autoridades que conozcan de la suspensión, fuera de las horas del despacho y a pesar de que existan disposiciones en contrario de autoridades administrativas. Párrafo reformado DOF 13-03-2025

Conceptos Clave

  • Cualquier día y hora hábil
    excepción absoluta a las reglas del artículo 19 para actos gravísimos
  • Incidente de suspensión
    procedimiento paralelo para suspender el acto reclamado; también se tramita en cualquier hora en estos casos
  • Oficinas públicas de comunicaciones
    obligadas a transmitir gratuitamente las demandas y resoluciones de amparo en estos supuestos, incluso fuera del horario normal

Referencias Cruzadas

  • LAMP-art-15regula el procedimiento cuando el agraviado está imposibilitado para promover en estos supuestos
  • LAMP-art-19regla general de días hábiles que este artículo exceptúa

Notas

Ninguna.