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Artículo 251

Multa por omitir comunicar una causa de sobreseimiento conocida

Resumen

La parte que conozca una causa de sobreseimiento y no la comunique al juzgado (conforme al art. 64) será sancionada con multa de entre 70 y 690 UMA. El deber de comunicar las causas de sobreseimiento garantiza que el juzgado pueda actuar de forma oportuna.

Texto Oficial

Artículo 251. En el caso del artículo 64 de esta Ley, a la parte que tenga conocimiento de alguna causa de sobreseimiento y no la comunique, se le impondrá multa de setenta a seiscientos noventa Unidades de Medida y Actualización. Artículo reformado DOF 13-03-2025

Conceptos Clave

  • Obligación procesal de comunicar el sobreseimiento
    refuerza el principio de buena fe procesal; la parte no puede silenciosamente aguardar a que el juicio continúe cuando sabe que debería sobreseerse

Referencias Cruzadas

Notas

Ninguna.