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Artículo 257

Multa a la autoridad responsable que no decide sobre la suspensión en amparo directo

Resumen

La autoridad responsable que no decida sobre la suspensión en el plazo de veinticuatro horas que establece el artículo 191 (suspensión en amparo directo penal) será sancionada con multa de entre 230 y 2,295 UMA.

Texto Oficial

Artículo 257. En el caso del artículo 191 de esta Ley, si la autoridad responsable no decide sobre la suspensión en las condiciones señaladas, se impondrá multa de doscientos treinta a dos mil doscientos noventa y cinco Unidades de Medida y Actualización. Artículo reformado DOF 13-03-2025

Conceptos Clave

  • Incumplimiento del plazo de 24 horas
    en el amparo directo penal la suspensión es automática; la omisión de resolverla en tiempo constituye una conducta sancionable de la autoridad responsable

Referencias Cruzadas

Notas

Ninguna.