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Artículo 94
Orden de estudio de los agravios en la revisión adhesiva
Resumen
Los agravios de la revisión adhesiva pueden estudiarse de forma conjunta con los del recurso principal o de forma separada, pero en ambos casos debe respetarse la prelación lógica establecida en el artículo 93 (sobreseimiento antes del fondo, etc.). El órgano revisor elige la forma de análisis según lo que resulte más adecuado en cada caso.
Texto Oficial
Artículo 94. En la revisión adhesiva el estudio de los agravios podrá hacerse en forma conjunta o separada, atendiendo a la prelación lógica que establece el artículo anterior.
Conceptos Clave
- Estudio conjunto o separadoel órgano revisor puede examinar los agravios del adhesivo junto con los del principal o en bloque aparte, según convenga para la claridad de la resolución
- Prelación lógica del art. 93referencia expresa al orden de estudio que rige también para la adhesiva; el régimen de prelación no cambia por la forma de análisis elegida
Referencias Cruzadas
- LAMP-art-82revisión adhesiva: plazo y efectos
- LAMP-art-93prelación lógica en el estudio de la revisión, aplicable a la adhesiva
Notas
Ninguna.