// LFPCA
Artículo 74
Cómputo de los plazos
Resumen
Los plazos se computan conforme a cuatro reglas: comienzan el día siguiente a que surta efectos la notificación; si están fijados en días, se cuentan solo los hábiles (los que las Salas estén abiertas al público en horario normal); si están en periodos o fechas determinadas, incluyen inhábiles (si el último día es inhábil, se prorroga); y si se fijan en meses o años, se cuentan por calendario (el plazo vence el mismo día del mes o año siguiente; si no existe ese día, el primer día hábil del mes siguiente).
Texto Oficial
El cómputo de los plazos se sujetará a las reglas siguientes:
I. Empezarán a correr a partir del día siguiente a aquél en que surta efectos la notificación.
II. Si están fijados en días, se computarán sólo los hábiles entendiéndose por éstos aquellos en que se encuentren abiertas al público las oficinas de las Salas del Tribunal durante el horario normal de labores. La existencia de personal de guardia no habilita los días en que se suspendan las labores.
III. Si están señalados en periodos o tienen una fecha determinada para su extinción, se comprenderán los días inhábiles; no obstante, si el último día del plazo o la fecha determinada es inhábil, el término se prorrogará hasta el siguiente día hábil.
IV. Cuando los plazos se fijen por mes o por año, sin especificar que sean de calendario se entenderá en el primer caso que el plazo vence el mismo día del mes de calendario posterior a aquél en que se inició y en el segundo caso, el término vencerá el mismo día del siguiente año de calendario a aquél en que se inició. Cuando no exista el mismo día en los plazos que se fijen por mes, éste se prorrogará hasta el primer día hábil del siguiente mes de calendario.
TÍTULO V
De la Jurisprudencia
CAPÍTULO ÚNICO
Conceptos Clave
- Días hábilesaquellos en que las Salas están abiertas al público en horario normal de labores; la existencia de personal de guardia no habilita días de suspensión de labores
- Periodos en días calendariocuando el plazo es fijado en periodos o tiene fecha determinada de extinción, se cuentan días naturales
Referencias Cruzadas
- LFPCA-art-70efectos de las notificaciones que dan inicio al cómputo