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Artículo 100
Coordinados: liquidaciones a integrantes — contenido mínimo: datos del coordinado, integrante, descripción global de ingresos/gastos/inversiones/impuestos y CFDI de respaldo
Resumen
Las liquidaciones que el coordinado emite a cada integrante deben incluir: datos de identificación del coordinado (con folio impreso), lugar y fecha, identificación del integrante con firma de recepción, y una descripción global de ingresos, gastos, inversiones, impuestos y retenciones que le corresponden. Adicionalmente, el coordinado debe emitir un CFDI por cada liquidación, que sirve como comprobante fiscal de todos los conceptos del integrante.
Texto Oficial
Artículo 100. Para efectos de los artículos 72, párrafo segundo, fracción IV y 73, párrafo sexto de la Ley, las liquidaciones que emitan los coordinados deberán contener lo siguiente:
I. Nombre o denominación o razón social, domicilio fiscal y clave del registro federal de contribuyentes del coordinado, así como el número de folio consecutivo. Los datos a que se refiere esta fracción deberán estar impresos en la liquidación;
II. Lugar y fecha de expedición;
III. Nombre del integrante al que se le expida, su clave del registro federal de contribuyentes, en su caso, clave única de registro de población, domicilio fiscal o la ubicación de su negocio y firma del propio integrante, de su representante legal o de quien reciba el documento, y
IV. Descripción global de los ingresos, gastos e inversiones, en su caso, de los impuestos y retenciones, que le correspondan al integrante de que se trate.
Los coordinados deberán emitir un comprobante fiscal a cada uno de sus integrantes por las liquidaciones que realice y será el comprobante de sus ingresos, gastos e inversiones y, en su caso, de los impuestos y retenciones de cada integrante.
Conceptos Clave
- Liquidación del coordinadodocumento mediante el cual el coordinado informa a cada integrante los ingresos, gastos e impuestos que le corresponden del período; es la base para que el integrante haga su propio cálculo de ISR
- Folio impreso y datos del coordinadorequisito de autenticidad y trazabilidad; el folio consecutivo impreso (no solo digital) permite auditar la secuencia de liquidaciones
- Descripción globalno se requiere detalle operación por operación; basta con los totales de ingresos, deducciones, impuestos y retenciones imputables al integrante
- CFDI por liquidaciónel coordinado emite un CFDI que respalda cada liquidación; este comprobante es el soporte fiscal del integrante para sus declaraciones
Referencias Cruzadas
- LISR-art-72párrafo segundo, fracción IV: obligación del coordinado de emitir liquidaciones a sus integrantes con los datos de sus operaciones
- LISR-art-73párrafo sexto: los integrantes acumulan ingresos y deducen gastos con base en las liquidaciones que les entregue el coordinado
- RLISR-art-99constancia de gastos comunes: complementa la liquidación cuando varios integrantes comparten un gasto
Notas
La liquidación del coordinado cumple la función que en una empresa ordinaria cumplen los estados financieros internos: asigna resultados a cada "participante" (integrante) del negocio. El requisito del CFDI por liquidación alinea el régimen de coordinados con el sistema de facturación electrónica, cerrando la posibilidad de liquidaciones sin respaldo digital.