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RLISR
Artículo 287

Acreditación de que las acciones no han salido del grupo tras la autorización de diferimiento: certificados de tenencia accionaria actualizados a diciembre del año anterior y organigrama actualizado del grupo

Resumen

Para demostrar periódicamente que las acciones cuyo ISR fue diferido aún permanecen dentro del grupo, el contribuyente debe presentar: (1) certificados de tenencia accionaria actualizados a diciembre del año anterior, y (2) un organigrama actualizado del grupo que muestre la tenencia directa e indirecta, también a esa misma fecha.

Texto Oficial

Artículo 287. Para efectos del artículo 161, párrafo antepenúltimo de la Ley, la documentación que se debe presentar para acreditar que las acciones objeto de la autorización de diferimiento no han salido del grupo, es la siguiente: I. Certificados de tenencia accionaria de la sociedad emisora de las acciones objeto de la autorización, así como de las sociedades que integren el grupo al que pertenece, firmados bajo protesta de decir verdad, por sus representantes legales debidamente acreditados ante la autoridad, actualizados a diciembre del año anterior a la fecha de presentación de la información a que hace referencia el artículo 161, párrafo antepenúltimo de la Ley, y II. Organigrama del grupo al que pertenecen las sociedades objeto de la autorización, en el que se advierta la tenencia accionaria directa e indirecta de las sociedades del grupo y, en particular, la de las emisoras objeto de la autorización, actualizado a diciembre del año anterior a la fecha de presentación de la información a que hace referencia el artículo 161, párrafo antepenúltimo de la Ley.

Conceptos Clave

  • Acreditación periódica de permanencia en el grupo
    el art. 161 LISR exige que el contribuyente demuestre anualmente (o cuando la autoridad lo solicite) que las acciones siguen en el grupo; si salen, el ISR diferido se vuelve exigible de inmediato
  • Referencia temporal: diciembre del año anterior
    la documentación debe estar actualizada a esa fecha, lo que garantiza que refleja el estado más reciente disponible al momento de la presentación
  • Certificados bajo protesta de decir verdad
    firmados por los representantes legales de las sociedades del grupo, no solo declaraciones informales; la protesta de verdad tiene consecuencias penales si resultan falsos

Referencias Cruzadas

  • LISR-art-161párrafo antepenúltimo: obligación de demostrar periódicamente que las acciones no han salido del grupo como condición del diferimiento
  • RLISR-art-286documentación inicial para obtener la autorización de diferimiento; el art. 287 exige documentación análoga de forma continua

Notas

El art. 287 es la pieza de seguimiento del sistema de diferimiento: mientras el art. 286 aplica al momento de solicitar la autorización, el art. 287 aplica año tras año para mantenerla vigente. La continuidad del diferimiento depende de que el grupo demuestre que las acciones no han cambiado de manos. En grupos con estructuras complejas y múltiples jurisdicciones, reunir anualmente esta documentación apostillada puede ser un proceso administrativo significativo.