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Artículo 290
Operaciones financieras derivadas de deuda con pagos periódicos de diferencias a residentes en el extranjero: las diferencias pagadas al residente en México son deducibles del ingreso del extranjero; devolución de ISR si al vencimiento el ISR pagado supera el ISR por el resultado final
Resumen
En derivados de deuda con liquidación periódica de diferencias en efectivo, el ISR del residente en el extranjero se calcula neto: las diferencias que el extranjero pagó al residente en México se restan de las que recibió. Si al final de la operación el ISR acumulado pagado supera el ISR que correspondería al resultado neto final, el extranjero puede solicitar devolución del exceso, directamente o a través del retenedor.
Texto Oficial
Artículo 290. Para efectos del artículo 163, párrafo décimo cuarto de la Ley, se entenderá que tratándose de operaciones financieras derivadas de deuda en las que durante su vigencia se paguen periódicamente diferencias en efectivo, podrán deducirse de las cantidades que cobre el residente en el extranjero las diferencias que él haya pagado al residente en el país para determinar el ingreso por concepto de intereses a favor del residente en el extranjero y su impuesto respectivo. En el caso de que el impuesto pagado por cuenta del residente en el extranjero al vencimiento de la operación sea superior al Impuesto que le corresponda por el resultado final que obtenga de dicha operación, el residente en el extranjero podrá solicitar la devolución del Impuesto pagado en exceso, ya sea directamente o bien a través del retenedor.
Conceptos Clave
- Derivados de deuda con diferencias periódicasinstrumentos como swaps de tasa de interés; durante su vigencia, ambas partes se pagan diferencias según cómo evolucionen las tasas; el ingreso neto del residente en el extranjero es la diferencia entre lo que recibe y lo que paga
- Deducción de diferencias pagadas al residente en Méxicosi el extranjero recibió $100 de diferencias pero pagó $60, su base de ISR es $40, no $100; el reglamento confirma ese tratamiento neto
- Devolución por exceso de ISR al vencimientolos pagos periódicos de ISR se van haciendo con base en cada diferencia; al final, el resultado puede ser menor de lo que se esperaba mes a mes, generando un exceso de ISR ya pagado; ese exceso es devuelto
Referencias Cruzadas
- LISR-art-163Título V: operaciones financieras derivadas de residentes en el extranjero con fuente de riqueza en México; párrafo décimo cuarto: base del ISR por diferencias en derivados de deuda
Notas
El mecanismo de devolución a través del retenedor (la parte mexicana del swap) es una simplificación administrativa importante: en lugar de que el extranjero tramite una devolución directamente ante el SAT (proceso complejo para un no residente), puede acreditar el exceso contra futuras retenciones del mismo retenedor o solicitar que éste lo gestione. Es análogo al mecanismo de retenciones en exceso en la nómina de asalariados.