// RLIVA
Artículo 9
Maquinaria y equipo para pesca comercial a tasa del 0%: aplica aunque tenga denominación distinta a la mencionada en el art. 2-A LIVA, si su función cumple exclusivamente con los supuestos de ese artículo y no puede destinarse a otros fines
Resumen
La tasa del 0% aplica a maquinaria y equipo para pesca comercial incluso cuando su nombre comercial difiere del que usa la ley, siempre que: (1) su función sea exclusivamente la prevista en el art. 2-A fracc. I inciso e) LIVA, (2) conserven su carácter esencial, y (3) no puedan usarse para fines distintos a la pesca.
Texto Oficial
Artículo 9. Para los efectos del artículo 2o.-A, fracción I, inciso e) de la Ley, se aplicará la tasa del 0% a la enajenación de la maquinaria y del equipo que tengan una denominación distinta a la mencionada en el citado precepto, siempre que su función cumpla exclusivamente con los supuestos previstos en dicho artículo, conserven su carácter esencial y no puedan ser destinados a otros fines.
Conceptos Clave
- Denominación ≠ funciónel beneficio no depende del nombre del bien sino de su función real; evita que tecnicismos en la nomenclatura comercial excluyan bienes que en la práctica cumplen el mismo propósito
- Exclusividad de funciónla maquinaria debe servir únicamente para pesca; si puede destinarse a otras actividades (agricultura, construcción, etc.), no califica para la tasa del 0%
- Carácter esencialel bien debe conservar su naturaleza fundamental de equipo de pesca; no aplica a accesorios genéricos que accidentalmente se usan en embarcaciones pesqueras
Referencias Cruzadas
- LIVA-art-2-Afracción I inciso e): enajenación de embarcaciones y equipo para pesca comercial a tasa del 0%
- RLIVA-art-8determinación de cuándo una embarcación es de pesca comercial; complemento del art. 9 para el equipo embarcado
Notas
El art. 9 RLIVA aplica un principio de sustancia sobre forma en la clasificación de bienes para pesca: lo que importa es qué hace el bien, no cómo se llama. Esto es especialmente relevante para equipos especializados (sónares, redes automatizadas, sistemas de enfriamiento a bordo) que pueden tener denominaciones técnicas que no aparecen expresamente en la ley.