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CFF
Artículo 82-C

Infracciones por esquemas reportables — contribuyentes

Resumen

Son 4 infracciones de contribuyentes en materia de esquemas reportables: (I) no revelar el esquema o revelarlo incompleto o con errores; (II) no incluir el número de identificación del esquema en su declaración; (III) no atender el requerimiento de información adicional o manifestar falsamente que no cuenta con ella; (IV) no informar cambios posteriores a la revelación o hacerlo extemporáneamente.

Texto Oficial

Artículo 82-C. Son infracciones relacionadas con la revelación de esquemas reportables cometidas por los contribuyentes, las siguientes: I. No revelar un esquema reportable, revelarlo de forma incompleta o con errores. Se considera que la información se presenta de forma incompleta o con errores, cuando la falta de esa información o los datos incorrectos afecten sustancialmente el análisis del esquema reportable. II. No incluir el número de identificación del esquema reportable obtenido directamente del Servicio de Administración Tributaria o a través de un asesor fiscal en su declaración de impuestos conforme a lo dispuesto en el artículo 202 de este Código. III. No atender el requerimiento de información adicional que efectúe la autoridad fiscal o manifestar falsamente que no cuenta con la información requerida respecto al esquema reportable en los términos del artículo 201 de este Código. IV. No informar al Servicio de Administración Tributaria cualquier cambio que suceda con posterioridad a la revelación del esquema reportable, de conformidad con lo establecido en el penúltimo párrafo del artículo 202 de este Código. Asimismo, informar de forma extemporánea en el caso de la información señalada en las fracciones VI, VII y VIII del artículo 200 de este Código.

Conceptos Clave

  • Contribuyente como sujeto
    tiene obligaciones propias de revelación cuando el asesor no las cumplió o cuando diseñó el esquema por sí mismo; las infracciones son análogas a las del asesor (art. 82-A) pero con menos supuestos
  • Fracc. I como principal
    la no revelación o revelación deficiente conlleva pérdida del beneficio fiscal + multa proporcional (art. 82-D fracc. I)
  • No incluye esquemas generalizados no implementados
    a diferencia del asesor, el contribuyente no tiene obligación de revelar estos esquemas si aún no los implementó

Referencias Cruzadas

  • CFF-art-200fracciones VI, VII y VIII: información cuya demora tipifica la fracc. IV
  • CFF-art-201requerimiento de información adicional; su desatención tipifica la fracc. III
  • CFF-art-202número de identificación y notificación de cambios
  • CFF-art-82-Ainfracciones análogas para asesores fiscales
  • CFF-art-82-Dmultas correspondientes a las infracciones de este artículo

Notas

La principal diferencia entre las infracciones del asesor (art. 82-A) y las del contribuyente (art. 82-C) es que para el contribuyente la fracc. I incluye la pérdida del beneficio fiscal del esquema (además de la multa proporcional), convirtiendo la no revelación en una estrategia fiscalmente contraproducente.