// LFPCA
Artículo 61
Recurso de reclamación: excepción al traslado por desistimiento
Resumen
Cuando la reclamación se interpone contra el acuerdo que sobresee el juicio antes de cerrar la instrucción por desistimiento del demandante, no es necesario dar vista a la contraparte.
Texto Oficial
Cuando la reclamación se interponga en contra del acuerdo que sobresea el juicio antes de que se hubiera cerrado la instrucción, en caso de desistimiento del demandante, no será necesario dar vista a la contraparte.
Referencias Cruzadas
- LFPCA-art-59procedencia general de la reclamación
- LFPCA-art-9fr. I: desistimiento como causal de sobreseimiento