LUTHORWiki de Leyes FiscalesCOPILOTO 
RLISR
Artículo 127

Asociaciones civiles con objeto social de cámara empresarial: tributan en Título III solo por cuotas ordinarias y extraordinarias; demás ingresos → Título II LISR

Resumen

Las asociaciones civiles cuyo objeto social es idéntico al de una cámara o confederación empresarial (sin estar formalmente constituidas como tales) pueden tributar en el Título III LISR (personas morales con fines no lucrativos) exclusivamente respecto de las cuotas anuales ordinarias y extraordinarias de sus integrantes. Cualquier otro ingreso que obtengan debe tributar en el Título II (régimen general de personas morales) con la tasa corporativa.

Texto Oficial

Artículo 127. Las asociaciones civiles que de conformidad con sus estatutos tengan el mismo objeto social que las cámaras y confederaciones empresariales en términos de la Ley, podrán cumplir con sus obligaciones fiscales en materia del Impuesto conforme al Título lll de la Ley, únicamente por los ingresos derivados de las cuotas anuales ordinarias o extraordinarias pagadas por sus integrantes, por los demás ingresos deberán pagar el Impuesto en términos del Título II de la Ley.

Conceptos Clave

  • Mismo objeto social que cámaras empresariales
    el RLISR extiende el beneficio del Título III a asociaciones civiles con funciones equivalentes a las de cámaras de comercio, industria, etc., aunque no hayan sido formalmente constituidas bajo esa figura
  • Solo cuotas ordinarias y extraordinarias en Título III
    el beneficio es parcial; solo los ingresos más representativos de la función gremial (cuotas de membresía) quedan bajo el régimen de no lucrativas
  • Demás ingresos → Título II
    servicios, publicidad, arrendamiento, eventos con cobro, etc., tributan como personas morales ordinarias al 30%

Referencias Cruzadas

  • LISR-art-79personas morales con fines no lucrativos que no son contribuyentes del ISR; las cámaras y confederaciones empresariales están listadas en este artículo
  • LISR-art-9tasa del 30% del Título II: aplica a los ingresos de la asociación civil distintos de las cuotas

Notas

La distinción entre cuotas (Título III) y otros ingresos (Título II) impide que las asociaciones civiles análogas a cámaras empresariales usen el régimen de no lucrativas para escudar ingresos comerciales. El RLISR reconoce la función gremial de estas asociaciones pero solo hasta donde sus ingresos tienen carácter asociativo puro.