// RLISR
Artículo 176
Retención en periodos de 7, 10 o 15 días: opción de usar la tarifa semanal, de decena o quincenal publicada por el SAT
Resumen
En nóminas semanales (7 días), de decena (10 días) o quincenales (15 días), el retenedor puede aplicar directamente la tarifa del art. 96 LISR convertida a ese periodo —publicada por el SAT en el DOF— en lugar de usar la tarifa mensual y hacer el prorrateo manualmente. La opción simplifica el proceso sin alterar la carga fiscal del trabajador.
Texto Oficial
Artículo 176. Las personas obligadas a efectuar retenciones en términos del artículo 96 de la Ley, cuando hagan pagos que comprendan un periodo de siete, diez o quince días, podrán optar por efectuar la retención de acuerdo con lo establecido en dicho artículo, o bien, aplicando a la totalidad de los ingresos percibidos en el periodo de que se trate, la tarifa del artículo mencionado, calculada en semanas, decenas o quincenas, según corresponda, que para tal efecto publique en el Diario Oficial de la Federación el SAT.
Conceptos Clave
- Tarifas por periodos cortos publicadas por el SATel SAT publica en el DOF las versiones semanales, de decena y quincenales de la tarifa del art. 96 LISR; evitan que el retenedor haga la conversión matemática de la tarifa mensual
- Opción, no obligaciónel retenedor siempre puede usar el art. 96 LISR directamente; la tarifa periódica es una simplificación administrativa
- Aplicación al total del periodola tarifa del periodo se aplica al ingreso total del periodo (semana, decena o quincena), sin subdividirlo en días
Referencias Cruzadas
- LISR-art-96tarifa mensual base; las versiones del SAT para periodos cortos son derivaciones matemáticas de esta tarifa
- RLISR-art-168entero de retenciones en nóminas semanales considerando el número de pagos del periodo: regla complementaria para el entero al fisco
- RLISR-art-175tarifa diaria para pagos a destajo: complementa el catálogo de tarifas periódicas alternativas
Notas
La publicación de tarifas periódicas en el DOF es una práctica administrativa que facilita la operación de sistemas de nómina masivos. Los sistemas modernos de nómina generalmente ya tienen incorporadas estas tarifas, por lo que el artículo tiene mayor relevancia histórica para nóminas manuales o de pequeños contribuyentes.