// RLISR
Artículo 281
Diferimiento de ISR en reestructuraciones de grupos: el ISR se causa cuando se transmiten las acciones autorizadas; el dictamen de CPI es requisito para obtener la autorización de diferimiento
Resumen
El ISR que se difiere en una reestructuración intragrupo (art. 161 LISR) se causa en la fecha en que efectivamente se transmiten las acciones conforme a la autorización de diferimiento. Para obtener esa autorización, el contribuyente debe presentar un dictamen formulado por un contador público inscrito conforme al art. 285 RLISR.
Texto Oficial
Artículo 281. Para efectos del artículo 161, párrafo décimo séptimo de la Ley, en los casos de reestructuraciones de sociedades pertenecientes a un grupo, se considerará que el Impuesto sujeto a diferimiento se causará en la fecha en que se genere la transmisión de acciones a que se refiere la autorización.
Para efectos de la emisión de la autorización de diferimiento del Impuesto generado con motivo de una reestructuración, los contribuyentes deberán presentar un dictamen formulado por contador público inscrito ante las autoridades fiscales en términos del artículo 285 de este Reglamento.
Conceptos Clave
- Causa en la fecha de transmisión de las accionesno en la fecha de la autorización ni en la de la solicitud; el hecho generador es la transmisión material de las acciones dentro del grupo durante la vigencia de la autorización
- Dictamen de CPI como requisito previoel SAT no emite la autorización de diferimiento sin el dictamen del contador; el dictamen sirve como garantía técnica de que la reestructuración es genuina y el ISR está correctamente calculado
- Art. 285 RLISRregula el contenido del dictamen, especialmente el informe sobre el valor contable de las acciones en enajenaciones entre partes relacionadas
Referencias Cruzadas
- LISR-art-161párrafo décimo séptimo: autorización para diferir el ISR causado en reestructuraciones de grupos; condiciones y requisitos
- RLISR-art-285contenido del dictamen de CPI sobre valor contable de acciones en enajenaciones entre partes relacionadas; referencia para el dictamen que exige el art. 281
- RLISR-art-286documentación necesaria para obtener la autorización de diferimiento
- RLISR-art-289aviso previo antes de la reestructuración
Notas
El diferimiento del ISR en reestructuraciones intragrupo (también llamado "régimen de reestructuraciones") es un mecanismo clave de la planeación fiscal corporativa en México. Sin él, cada reorganización de un grupo empresarial (fusiones, escisiones, permutas de acciones entre subsidiarias) generaría un ISR inmediato aunque no haya una ganancia económica real para el grupo como un todo. El dictamen de CPI como filtro de acceso garantiza que solo las reestructuraciones genuinas accedan al diferimiento.