// RLISR
Artículo 54
Cumplimiento espontáneo de retenciones: no se pierde la deducción si se corrige antes de la declaración anual con actualizaciones y recargos
Resumen
Si el contribuyente incumplió con las retenciones o pagos al IMSS/INFONAVIT (art. 27 fracc. V y VI LISR), la deducción relacionada no se pierde si regulariza el incumplimiento de forma espontánea (conforme al art. 73 CFF) antes de la fecha límite de presentación de la declaración anual, pagando las cantidades adeudadas con actualizaciones y recargos.
Texto Oficial
Artículo 54. Para efectos del artículo 27, fracción XVIII de la Ley, no se considerará incumplido el requisito que para las deducciones establece dicha fracción, cuando se cumpla espontáneamente en términos del artículo 73 del Código Fiscal de la Federación, con las obligaciones establecidas en el artículo 27, fracciones V y VI de la Ley, a más tardar en la fecha en la que se deba presentar la declaración del ejercicio, siempre y cuando, en su caso, se hubiesen pagado las cantidades adeudadas debidamente actualizadas y con los recargos respectivos.
Conceptos Clave
- Cumplimiento espontáneopago de la obligación antes de ser requerido por la autoridad, conforme al art. 73 CFF
- Retenciones del art. 27 fracc. Vretenciones de ISR a trabajadores y terceros; su entero es requisito de deducción del gasto relacionado
- Cuotas del art. 27 fracc. VIcuotas al IMSS e INFONAVIT; su pago es requisito de deducción de los salarios
- Plazo límitela declaración anual (normalmente 31 de marzo del año siguiente para PM)
Referencias Cruzadas
- LISR-art-27fracción XVIII: la deducción requiere que se hayan cumplido las obligaciones de retención y pago de cuotas; este artículo del RLISR introduce la oportunidad de subsanar
- LISR-art-27fracciones V y VI: retenciones de ISR y cuotas de seguridad social como requisitos de deducibilidad
- CFF-art-73regula el cumplimiento espontáneo: no hay sanción pero sí deben pagarse actualizaciones y recargos
- RLISR-art-53flexibilización del CFDI tardío: regla paralela para otro tipo de incumplimiento formal
Notas
La ventana de regularización termina con la presentación de la declaración anual; cualquier corrección posterior no salva la deducción del ejercicio. La exigencia de actualización y recargos asegura que el contribuyente no obtenga un beneficio financiero del retraso.