// RLISR
Artículo 7
Dividendos de acciones extranjeras cotizadas en BMV: constancia del depositario extranjero como prueba suficiente de retención
Resumen
Para acreditar el ISR retenido sobre dividendos de acciones extranjeras cotizadas en la BMV, basta con que el depositario extranjero emita una constancia individualizada de retención a la institución de depósito de valores mexicana. La constancia debe identificar al contribuyente (nombre y RFC) y señalar los ingresos y retenciones, sin necesidad de firma autógrafa del representante del pagador ni del depositario.
Texto Oficial
Artículo 7. Para que los residentes en México, que perciban ingresos por dividendos provenientes de acciones emitidas por sociedades residentes en el extranjero que coticen en la Bolsa Mexicana de Valores, puedan acreditar en los términos del artículo 5 de la Ley, el Impuesto retenido por el depositario de las acciones, aun cuando éste resida en el extranjero, se considerará suficiente si este último emite una constancia individualizada de dicha retención en la cual informe a la institución para el depósito de valores autorizada, de conformidad con la Ley del Mercado de Valores, los datos que identifiquen al contribuyente, incluyendo el nombre y la clave en el registro federal de contribuyentes, según hayan sido suministrados a la autoridad fiscal del país extranjero por medio del depositario; los ingresos percibidos y las retenciones efectuadas, en los mismos términos señalados en la constancia de percepciones y retenciones. La constancia emitida por el depositario en el extranjero no requerirá de la firma autógrafa del representante legal del pagador del dividendo ni el nombre del representante legal del depositario.
Conceptos Clave
- Depositario de accionesinstitución financiera extranjera que custodia acciones de sociedades extranjeras cotizadas en la BMV y realiza las retenciones del impuesto extranjero
- Constancia individualizada de retencióndocumento emitido por el depositario que acredita el impuesto retenido al contribuyente mexicano
- Institución para el depósito de valorescontraparte mexicana (p. ej. S.D. Indeval) que recibe la constancia del depositario extranjero
- Acreditamiento del ISR extranjeromecanismo del art. 5 LISR para evitar doble tributación sobre dividendos
Referencias Cruzadas
- LISR-art-5acreditamiento del ISR pagado en el extranjero: este artículo del RLISR regula la prueba documental requerida para ejercer ese acreditamiento en dividendos de acciones extranjeras en BMV
- LISR-art-10tratamiento de dividendos para personas morales residentes en México
Notas
La dispensa de firma autógrafa facilita el acreditamiento en un contexto de cadenas de custodia internacionales donde el depositario extranjero no es parte de la relación fiscal mexicana. La constancia se canaliza a través de la institución de depósito de valores (Indeval) como intermediario confiable.