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RLIVA
Artículo 57

Consumación de la exportación de bienes tangibles (arts. 29 fracc. I y 30 LIVA): cuando se concluyen todos los actos y formalidades de la exportación definitiva conforme a la legislación aduanera

Resumen

La exportación de bienes tangibles se considera consumada — y por tanto se causa la tasa del 0% y nace el derecho a saldo a favor — cuando se completan todos los trámites y formalidades aduaneras de la exportación definitiva: declaración en el pedimento de exportación, paso por la aduana y salida efectiva del territorio nacional.

Texto Oficial

Artículo 57. Para los efectos de lo dispuesto en los artículos 29, fracción I, y 30, último párrafo de la Ley, tratándose de bienes tangibles, se entiende que la exportación se consuma, cuando se haya concluido con la totalidad de los actos y las formalidades para su exportación definitiva, de conformidad con la legislación aduanera.

Conceptos Clave

  • Art. 29 fracc. I LIVA
    las exportaciones definitivas de bienes tangibles se gravan a tasa del 0%; el derecho a acreditar el IVA pagado en insumos (y obtener saldo a favor) nace al consumarse la exportación
  • Art. 30 último párrafo LIVA
    el contribuyente puede solicitar la devolución del saldo a favor a partir de que la exportación se consuma; el art. 57 define ese momento
  • Todos los actos y formalidades de la exportación definitiva
    presentación del pedimento, reconocimiento aduanero, paso por el mecanismo de selección automatizada (semáforo), salida física del bien del territorio nacional conforme a la Ley Aduanera

Referencias Cruzadas

  • LIVA-art-29fracción I: exportación de bienes tangibles a tasa del 0%
  • LIVA-art-30último párrafo: momento a partir del cual el exportador puede solicitar la devolución del saldo a favor

Notas

El art. 57 RLIVA fija el momento de consumación de la exportación alineándose con el proceso aduanero: no basta con que el exportador haya entregado la mercancía a la empresa de transporte o que haya emitido la factura de exportación; se requiere que se hayan completado los trámites aduaneros. Esto evita que se soliciten devoluciones antes de que la mercancía efectivamente salga del país.