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Artículo 16
Actividades empresariales
Resumen
Define las actividades empresariales para efectos fiscales mediante seis categorías: comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, de pesca y silvícolas. Empresa es la persona física o moral que realiza cualquiera de estas actividades directamente, a través de fideicomiso o por conducto de terceros. Establecimiento es cualquier lugar de negocios donde se desarrollen parcial o totalmente esas actividades.
Texto Oficial
Artículo 16.- Se entenderá por actividades empresariales las siguientes:
I. Las comerciales que son las que de conformidad con las leyes federales tienen ese carácter y no están comprendidas en las fracciones siguientes.
II. Las industriales entendidas como la extracción, conservación o transformación de materias primas, acabado de productos y la elaboración de satisfactores.
III. Las agrícolas que comprenden las actividades de siembra, cultivo, cosecha y la primera enajenación de los productos obtenidos, que no hayan sido objeto de transformación industrial.
IV. Las ganaderas que son las consistentes en la cría y engorda de ganado, aves de corral y animales, así como la primera enajenación de sus productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial.
V. Las de pesca que incluyen la cría, cultivo, fomento y cuidado de la reproducción de toda clase de especies marinas y de agua dulce, incluida la acuacultura, así como la captura y extracción de las mismas y la primera enajenación de esos productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial.
VI. Las silvícolas que son las de cultivo de los bosques o montes, así como la cría, conservación, restauración, fomento y aprovechamiento de la vegetación de los mismos y la primera enajenación de sus productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial.
Se considera empresa la persona física o moral que realice las actividades a que se refiere este artículo, ya sea directamente, a través de fideicomiso o por conducto de terceros; por establecimiento se entenderá cualquier lugar de negocios en que se desarrollen, parcial o totalmente, las citadas actividades empresariales.
Conceptos Clave
- Actividades comercialeslas que las leyes federales (principalmente el Código de Comercio) reconocen con ese carácter y no están en las fracciones siguientes
- Actividades industrialesextracción, conservación, transformación de materias primas, acabado de productos y elaboración de satisfactores
- Actividades primariasagrícolas (siembra, cultivo, cosecha y primera enajenación sin transformación), ganaderas (cría, engorda y primera enajenación sin transformación), pesca (cría, cultivo y captura, incluida acuacultura) y silvícolas (cultivo y aprovechamiento de bosques y montes)
- Empresapersona física o moral que realiza actividades empresariales, incluso a través de fideicomiso o terceros
- Establecimientocualquier lugar de negocios donde se desarrollen actividades empresariales, parcial o totalmente
Referencias Cruzadas
- CFF-art-9residencia fiscal; relevante para determinar si una empresa es residente en México
- LISR-art-16ingresos acumulables de personas morales que realizan actividades empresariales
- LIVA-art-1las actividades empresariales son el ámbito principal de los actos gravados por el IVA
- LISR-art-100personas físicas con actividades empresariales y profesionales
Notas
La definición de "primera enajenación sin transformación industrial" en las actividades agrícola, ganadera, pesquera y silvícola es relevante para determinar cuándo aplican las tasas reducidas o exenciones de IVA (art. 2-A LIVA) y los regímenes especiales de ISR del sector primario. El fideicomiso como vehículo de actividades empresariales genera consecuencias en ISR (régimen de transparencia fiscal) y en IVA (el fideicomiso puede ser contribuyente por cuenta del fideicomitente).