// RLISR
Artículo 218
Exceso de deducciones sobre ingresos por adquisición de bienes (Cap. V Título IV): deducible de otros ingresos del mismo año, excepto salarios y actividad empresarial; después de deducciones de arrendamiento y pérdida del art. 122
Resumen
Si las deducciones del Capítulo V del Título IV (adquisición de bienes — honorarios notariales, avalúos, impuestos locales de adquisición) superan los ingresos de ese capítulo en el año, la diferencia puede deducirse de otros ingresos acumulables del mismo ejercicio, excepto de salarios y actividad empresarial/profesional. El orden de aplicación es: primero las deducciones de arrendamiento (art. 115 LISR) y la pérdida en enajenación (art. 122 fracc. I), y luego el exceso del Capítulo V.
Texto Oficial
Artículo 218. Cuando en un año de calendario las deducciones que establece el artículo 131 de la Ley, sean superiores a los ingresos a que se refiere el Título IV, Capítulo V de la Ley, la diferencia podrá deducirse de los demás ingresos que el contribuyente deba acumular en la declaración anual correspondiente a ese mismo año, excepto de los ingresos a que se refiere el Título IV, Capítulos I y II de la Ley, después de efectuar, en su caso, las deducciones del artículo 115 de la Ley y la parte de la pérdida que corresponda en términos del artículo 122, fracción I de la Ley.
Conceptos Clave
- Deducciones del art. 131 LISR en adquisición de bienesgastos notariales, derechos de registro, avalúos y contribuciones locales pagados al adquirir un bien que después genera el ingreso del Capítulo V
- Exceso deducible de otros ingresos acumulablesla pérdida del Capítulo V puede compensar, por ejemplo, ingresos por intereses, dividendos u otros ingresos del Título IV distintos de los exceptuados
- Orden de prelaciónel art. 218 establece una cadena: deducciones de arrendamiento → pérdida en enajenación (art. 122) → exceso del Cap. V; no puede modificarse el orden para maximizar compensaciones
- Mismo añono hay diferimiento; si el exceso no puede deducirse de otros ingresos del ejercicio, se pierde
Referencias Cruzadas
- LISR-art-131deducciones en adquisición de bienes que pueden generar el exceso regulado por este artículo
- LISR-art-115deducciones de arrendamiento que deben aplicarse primero en la secuencia del art. 218
- LISR-art-122fracción I: pérdida en enajenación de bienes que también tiene prioridad sobre el exceso del Cap. V
- RLISR-art-207orden de aplicación de la pérdida del art. 122 fracc. I: regla complementaria en la misma secuencia
Notas
El Capítulo V del Título IV (ingresos por adquisición de bienes) es el capítulo menos frecuente en declaraciones anuales de personas físicas; su relevancia surge principalmente en remates judiciales, prescripciones y donaciones donde el adquirente paga un precio inferior al avalúo. El exceso de deducciones es poco común pero puede ocurrir cuando los gastos de adquisición (avalúo, notario, impuesto local) son elevados y el ingreso por adquisición fue pequeño o cero.