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RLISR
Artículo 36

Donativos deducibles: requisito de que la donataria esté en la lista del SAT publicada en DOF y página web; asociaciones de obra pública pueden obtener autorización

Resumen

Un donativo es deducible si la donataria está en la lista del SAT publicada en el DOF y su página web en el ejercicio en que se dona. Están exentas de ese requisito la Federación, estados, municipios y sus organismos descentralizados del Título III, y los programas de escuela empresa. Las asociaciones y sociedades civiles dedicadas a obra o servicios públicos pueden obtener autorización como donatarias cumpliendo los requisitos del art. 82 LISR.

Texto Oficial

Artículo 36. Para efectos del artículo 27, fracción I de la Ley, se considera que los donativos cumplen con los requisitos a que se refiere dicho precepto, cuando en el ejercicio en el que se otorgue el donativo, las donatarias sean de las incluidas en la lista de las personas autorizadas para recibir donativos, que al efecto publique el SAT en el Diario Oficial de la Federación y en su página electrónica, excepto tratándose de la Federación, entidades federativas y municipios, así como sus organismos descentralizados que tributen conforme al Título III de la Ley, o de programas de escuela empresa. Asimismo, las asociaciones, sociedades civiles o instituciones que se constituyan y funcionen exclusivamente para la realización de obras o servicios públicos que corresponda efectuar a la Federación, las entidades federativas o los municipios, podrán obtener la autorización para recibir donativos deducibles. Dichas asociaciones, sociedades civiles o instituciones, deberán cumplir con los requisitos señalados en el artículo 82, párrafos sexto y séptimo de la Ley, para obtener la referida autorización.

Conceptos Clave

  • Lista del SAT de donatarias autorizadas
    publicada en el DOF y en el portal del SAT; la donataria debe estar en esa lista en el ejercicio del donativo
  • Excepciones a la lista
    Federación, entidades federativas, municipios y sus organismos descentralizados del Título III; programas de escuela empresa
  • Asociaciones de obra pública
    pueden obtener autorización como donatarias cumpliendo el art. 82 LISR párrs. 6 y 7

Referencias Cruzadas

  • LISR-art-27fracción I: establece los requisitos para que los donativos sean deducibles, incluida la autorización de la donataria
  • LISR-art-82párrafos sexto y séptimo: requisitos para que las organizaciones sin fines de lucro (Título III) obtengan y mantengan la autorización para recibir donativos deducibles
  • RLISR-art-37monumentos artísticos e históricos donados al gobierno también son donativos deducibles
  • RLISR-art-38valor del donativo según el tipo de bien entregado
  • RLISR-art-40donativos a organismos públicos autónomos de derechos humanos

Notas

La verificación de la lista debe hacerse en el ejercicio en que se realiza el donativo, no en el de la solicitud. Si la donataria pierde su autorización durante el ejercicio, los donativos otorgados antes de la revocación siguen siendo deducibles.